#Moratoria #Tips

Entra en vigencia la Ley 27260, promulgada el pasado 22-7, la cual regula el llamado «Programa nacional de reparación histórica para jubilados y pensionales. Régimen de sinceramiento fiscal» 

A continuación mencionaremos algunos puntos a tener en cuenta desde el área de RRHH a efectos de aprovechar el plan de pagos o moratoria en la que se pueden incluir deudas hasta el 31-3-2017, vencidas al 31-5-2016,

  • Se pueden incluir retenciones o percepciones no practicadas o aquellas que practicadas no hayan sido ingresadas,
  • Están admitidas las deudas en concepto de aportes de trabajadores autónomos y en relación de dependencia (sólo Jubilación y Ley 19032),
  • También pueden incluirse saldos resultantes de planes de facilidades caducos, o aquellas incluidas en planes vigentes formulados con anterioridad a la publicación de la Ley.

No se podrán incluir en la moratoria las deudas en concepto de:

  • Ley de Riesgos de Trabajo,
  • SVO
  • Régimen Nacional de Obras Sociales

¿Beneficios?

  • Condonación de multas y sanciones correspondientes a obligaciones devengadas al 31 de Mayo de 2016
  • Total de intereses correspondientes al capital adeudado del aporte previsional de los trabajadores autónomos
  • Reducciones porcentuales del importe de intereses resarcitorios y punitorios en % que van desde el 10% hasta el 75% según la antiguedad de la deuda.
  • El pago de la deuda en una única cuota obtendrá una reducción del 15%

La reglamentación del plan de pagos dará mayores precisiones para indicarnos cómo proceder, pero con estos #tips ya las áreas de RRHH podrán evaluar si están en situación de aprovechar la moratoria y sus beneficios.

 

Auxiliares de Casa Particulares

 

La Comisión Nacional del Trabajo en Casa Particulares ha publicado la Resolución Nº 1 del Año 2016, en la que fija las escalas salariales que tendrán vigencia para el presente año, pautándose además un adicional del 15% para los trabajadores que se desempeñen en zonas del país consideradas desfavorables (Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego)

El incremento acordado representa un aumento del 18% a partir de Junio 2016 y del 15% a partir de Diciembre 2016 (no acumulativos), por lo cual los nuevos valores deberán ser considerados a los efectos de la liquidación del 1º SAC 2016.

Los nuevos valores para la categoría del personal que realiza tareas generales del hogar (categoría V) con retiro son $51.00 por hora y $6322.50 por mes desde Junio.

Se incrementó el SMVM – Aplica desde Junio

 

Declaración en Línea – Novedades

AFIP ha publicado la RG 3876 en la cual amplía el universo de empleadores obligados a utilizar el SICOSS on line para la confección del F.931 mensual.

A partir de Mayo 2016 todas las nóminas de hasta 300 trabajadores estarán alcanzadas por la obligación de utilizar dicho régimen, mientras que las empresas con nóminas de 301 a 350 empleados tendrán la opción de hacerlo.

 

SVO – Novedades R.39766 SSN

Se publicaron novedades referidas al SVO, no sólo en cuanto a los valores sino también a la metodología para la actualización de la suma asegurada.

A partir del 01 de Mayo 2016 la nueva suma asegurada será de $33.330, que es el equivalente a 5.5 SMVM, por lo cual el valor mensual por trabajador que se depositará mediante el F.931 estará en el orden de los $6.83.- (0.205 por cada $1000 asegurados)

La Resolución establece que la actualización se realizará anualmente, tomando en cuenta el SMVM a Diciembre de cada año y que entrará en vigencia desde el 01 de Marzo del año siguiente.

No se modificaron los costos en la prima de emisión según la cantidad de empleados en la nómina.

Liquidar los Sueldos en Marzo 2016

Para liquidar los sueldos de Marzo habrá que prestar atención a varios puntos, entre los que se destacan:

– Actualización de los topes de la Seguridad Social (movilidad jubilatoria)

– Utilización de la Versión del SICOSS 39 R.3, que principalmente dentro de sus novedades permite aplicar los nuevos topes de la SS

– Aplicación de lo previsto por la RG 3831, que establece la revisión de las liquidaciones de haberse realizadas en Enero y Febrero de 2016 a fin de determinar si las mismas debieron haber tributado IIGG y en caso de generar saldos a depositar, retener 1/10 parte del saldo en los haberes de Marzo en adelante.

– Y si se tratara de una nómina con trabajadores encuadrados en el CCT de Comercio, emitir un Recibo que contenga el 50% de la SNR de $2000 pautada en el último acuerdo salarial del sector, ya que debe depositarse entre el 01 y el 07 de abril.

– Además para empresas con actividades y/o domicilio legal en CABA, se acerca la fecha tope para presentar el Registro Empleador de 2015 (31-03)

Marzo 2016 – Novedades

A partir del devengado Marzo 2016 la base mínima imponible para las remuneraciones de los trabajadores será de $1724,88.- en tanto que el tope máximo de retención será de $56057,93.- ya que se oficializó el anuncio que indicaba un incremento del 15.35% sobre dichos topes en aplicación de la ley de movilidad jubilatoria.

Y Marzo seguirá trayendo novedades, porque los responsables de las liquidaciones de haberes deberán empezar a aplicar la RG 3831 de AFIP y las nuevas sumas que se acuerden en el marco de las paritarias 2016. Con respecto a este último punto se hizo saber que el sector Mercantil acordó una suma no remunerativa de $2000, de la cual un 50% se pagará junto con los haberes de Marzo.

 

Empleados:Tienen tiempo hasta el 31-01-2016 para declarar deducciones y percepciones

Atención Trabajadores! Hasta el 31-1-2016 tienen plazo para presentar mediante el SIRADIG las deducciones y percepciones sufridas en concepto de Impuesto a las ganancias de 4ta Categoría del año 2015.

Todos aquellos trabajadores alcanzados por la obligatoriedad de utilizar el F.572 web para declarar sus deducciones tienen plazo para hacerlo hasta el 31-01 en lo relativo al ciclo fiscal 2015, y recuerden que los empleadores no les devolverán más allá de lo efectivamente retenido aún cuando hayan sufrido durante el año percepciones por compra de moneda extranjera, o por compras con tarjeta de crédito en el exterior o por adquisición de pasajes.

 

La obligatoriedad de usar el SIRADIG y el rol del empleador

Luego del cierre del año 2015, le cabe al empleador la obligación de verificar que todos aquellos trabajadores cuyos ingresos anuales brutos hayan sido iguales o superiores a $250.000.- presenten para el año 2016 las deducciones para el cálculo del impuesto a las ganancias únicamente a través del F.572 web / SIRADIG.

Por lo tanto, todas aquellas deducciones que estén cargadas en los sistemas y que provengan de F. 572 soporte papel de empleados con ingresos de $250.000 o más no podrán ser consideradas a efectos del cálculo de la retención del impuesto y dicha situación es recomendable que sea expresa y claramente comunicada a los interesados, a fin de evitar confusiones.

En estos primeros días del año 2016 es un recordatorio que conviene tener muy en cuenta para que los empleadores procedan correctamente como agentes de retención del impuesto.

 

 

El Pago del SAC (18/12) y la eximición para los sueldos menores a $30.000.-

Hoy, 17-12, sólo tenemos anuncios en la prensa y en las redes sociales referidos a la eximición del pago del Impuesto a las Ganancias de los sueldos menores de $30.000.-

Como todos sabemos ni un post de FB, ni un tweet ni un reportaje son suficientes para que un empleador omita su obligación de actuar como agente de retención y, además, ningún sistema ha sido adaptado a una normativa que no fue publicada.

Conclusión: mañana habrá que pagar los SAC y los mismos, sin importar el monto, estarán alcanzados por el IIGG. Si luego sale publicada la norma, habrá que calcular el ajuste y proceder con la devolución.