Acuerdo Salarial Mercantil – Julio 2023

Los representantes del sector mercantil acordaron incrementar las remuneraciones del CCT 130/75 en un 22.5% para el trimestre Julio, Agosto y Septiembre 2023, y también se estableció un 4.5% de recomposición del trimestre anterior.

Las condiciones previstas para la liquidación de los aumentos mencionados en el párrafo precedente son las siguientes:

  1. El aumento del 4.5% se calculará sobre los sueldos básicos vigentes Junio 2023, y se sumará a los salarios básicos desde Julio 2023, por lo cual tendrá a todos los efectos carácter remunerativo;
  2. 7.5% se calculará sobe los sueldos básicos Julio 2023 (una vez aplicada la recomposición mencionada en el punto 1-) y se otorgará desde Julio 2023 como Suma No Remunerativa
  3. 7.5% se calculará sobre los sueldos básicos Julio 2023 (una vez aplicada la recomposición mencionada en el punto 1-) y se otorgará desde Agosto 2023 como Suma No Remunerativa
  4. 7.5% se calculará sobre los sueldos básicos Julio 2023 (una vez aplicada la recomposición mencionada en el punto 1-) y se otorgará desde Septiembre 2023 como Suma No Remunerativa

Sumas No Remunerativas: Serán base de cálculo para la determinación de Aportes y Contribuciones con destino a OSECAC y de los Aportes del trabajador con destino al Sindicato y al Faecys.

También estos importes no remunerativos serán tomados para el cálculo del adicional por presentismo (Art.40 CCT) y del adicional por antigüedad (Art.24 CCT) y en caso de calcular SAC e Indemnizaciones por despidos sin causa, también serán considerados en la base de cálculo.

Denominación de los Conceptos de Pago: Se indica en el acuerdo que los conceptos que reflejan el aumento sean expuestos en la documentación laboral bajo la denominación que se detalla a continuación:

  • Incremento No Remunerativo – Acuerdo Julio 2023
  • Acuerdo Julio 2023 No Remunerativo Presentismo
  • Acuerdo Julio 2023 No Remunerativo Antigüedad

En octubre 2023 el Incremento No Remunerativo pasará a integrar el básico convencional, adquiriendo por lo tanto carácter de suma remunerativa.

Cláusula de Revisión: Las partes se comprometen a reunirse en Octubre 2023 a fin de analizar las escalas salariales aquí aprobadas.

Compensación: Están admitidas las absorciones / compensaciones de estos aumentos hasta su concurrencia con los que hayan sido otorgados en forma unilateral y voluntaria desde el 01/04/2023 por los empleadores a cuenta de futuros incrementos, cualquiera sea su denominación.

Aumento del 34% en 3 tramos para el SMVM

En el día 17/7/2023 se dieron a conocer los valores actualizados del SMVM que abarca a todos los trabajadores comprendidos por la LCT, por la LTA y por la Administración Pública, siempre excluyendo a las Asignaciones Familiares pagadas por ANSES.

Los valores publicados son los que se detallan a continuación:

PeríodoMensualPor Hora
Julio 2023$105.500.-$527.50.-
Agosto 2023$112.500.-$562.50.-
Septiembre 2023$118.000.-$590.00.-

Conviene recordar que estos valores son valores mínimos brutos aplicables a trabajadores de jornada completa.