Nuevos Topes para la percepción de Asignaciones Familiares

Mediante la publicación del DNU 194/2024 del día de hoy el PEN redujo el tope del ingreso para acceder al cobro de las Asignaciones Familiares desde Febrero 2024.

El nuevo tope individual quedó fijado en $1.077.403.- y, por lo tanto, el límite del IGF (ingreso del grupo familiar) será el doble $2.154.803.-

Hasta la publicación de este DNU el tope para la percepción de AAFF se había equiparado con el penúltimo párrafo del Inciso c) del Art.30 de la Ley del IG, con lo cual el tope baja sensiblemente.

También este DNU deroga el Art.6 de la Ley 27160 según el cual un beneficiario de AAFF no podía tomar la deducción especial por hijo en el impuesto a las ganancias.

Febrero 2024 – Acuerdo Salarial Mercantil

Los representantes del sector mercantil acordaron incrementar las remuneraciones del CCT 130/75 para el mes de Febrero 2024 en un 17.60% calculado sobre los básicos convencionales Diciembre 2023, con la recomposición del 11% homologada según acuerdo aprobado para los salarios Enero 2024.

Las condiciones previstas para la liquidación este aumento son las siguientes:

  1. Se abonará como Asignación No Remunerativa, en su valor nominal,
  2. Se liquidará bajo la denominación “Incremento No Remunerativo – Acuerdo Febrero 2024”

Sumas No Remunerativas: Serán base de cálculo para la determinación de Aportes y Contribuciones con destino a OSECAC y de los Aportes del trabajador con destino al Sindicato de Comercio y a la Federación (Faecys)

También estos importes no remunerativos serán tomados para el cálculo del adicional por presentismo (Art.40 CCT) y del adicional por antigüedad (Art.24 CCT) que mantendrán su carácter de Sumas No Remunerativas y en caso de calcular SAC e Indemnizaciones, también serán considerados en la base de cálculo.

Durante los meses de Febrero y Marzo 2024 el incremento pactado mantendrá el carácter de Suma No Remunerativa, por lo tanto se observarán en los Recibos de Haberes dos Sumas No Remunerativas derivadas de acuerdos paritarios: la que se acordara en mes de Enero 2024, la cual mantiene tal carácter hasta Marzo 2024 inclusive, y la que corresponde al acuerdo bajo análisis.

En Abril 2024 el Incremento No Remunerativo pasará a integrar el básico convencional, adquiriendo por lo tanto carácter de suma remunerativa.

Cláusula de Revisión: Las partes se comprometen a reunirse en Marzo 2024 a fin de analizar las escalas salariales aquí aprobadas.

Compensación: Están admitidas las absorciones / compensaciones de estos aumentos hasta su concurrencia con los que hayan sido otorgados en forma unilateral y voluntaria desde el 01/01/2024 por los empleadores a cuenta de futuros incrementos, cualquiera sea su denominación. En el caso que durante el período que comprende este acuerdo se dicte una norma de fuente estatal que establezca un bono, suma fija o prestación de cualquier naturaleza o denominación, el resultado de los incrementos dispuestos en este acuerdo se compensarán hasta su concurrencia.

Aún el acuerdo se encuentra pendiente de homologación y no se han dado a conocer las tablas salariales ni los nuevos valores del INACAP mensual.

Casas Particulares / Acuerdo Salarial Febrero y Marzo 2024

Se acordó un aumento salarial para el personal auxiliar de casas particulares que se aplicará de la siguiente forma,

  • Desde Febrero 2024, un aumento del 20% calculado sobre los haberes Diciembre 2023
  • Desde Marzo 2024, un aumento del 15% calculado sobre los haberes de Febrero 2024

Es decir, se trata de aumentos acumulativos.

Si bien la Resolución que avala este acuerdo no fue publicada hoy en el BO, damos a conocer la novedad porque hay muchas expectativas desde Enero 2024 sobre este tema.

Actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil

Se fija mediante Resolución 4/2024 del CNEPySMVM para los trabajadores regulados por LCT 20744, Ley de Trabajo Agrario y Administración Pública un Salario Mínimo Vital y Móvil conforme al siguiente detalle:

  • Valor Mensual $180.000.- y Valor Hora $900.- desde Febrero 2024
  • Valor Mensual $202.800.- y Valor Hora $1014.- desde Marzo 2024

Recordamos que estos valores son brutos y no incluyen las AAFF que paga ANSES.

Opción de Coberturas de Salud

Con la publicación de los Decretos 170/2024 y 171/2024 se fijan condiciones para la desregulación del sistema de cobertura de salud mediante Obras Sociales y planes de Medicina Prepaga. La entrada en vigencia de ambos Decretos es el 01/03/2024.

Los afiliados titulares podrán optar por cualquiera de las entidades de salud mencionadas, y su elección se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la solicitud presentada, es decir, no tendrán que permanecer un año en la Obra Social de origen de la actividad. Se retoma el principio por el cual la libre elección de Obra Social rige desde el primer día de la relación laboral y ahora se incluye también dentro de las posibilidades, la opción de un plan de Medicina Prepaga en forma directa, sin la intermediación de obras sociales sindicales.

El plazo mínimo de permanencia de un año no resultará aplicable en el caso de beneficiarios que, afiliados a un agente de salud, elijan una entidad de Medicina Prepaga como cobertura médica.

Las entidades de Medicina Prepaga quedan obligadas a aportar al Fondo Solidario de Redistribución. Podrán además establecer aumentos libremente en tanto mantengan igual proporción para todos los afiliados de la entidad y sean notificados con 30 días de antelación.

Resta que AFIP y SSS adopten medidas complementarias para que estas disposiciones resulten operativas.