Impuesto a las Ganancias / Novedades Mayo 2023

Fue publicado por medio del Decreto 267/2023 el nuevo valor mínimo a partir del cual los trabajadores, jubilados y pensionados comienzan a pagar impuesto a las ganancias desde Mayo 2023 devengado. 

Se establece que desde el 01/05/2023 no corresponderá aplicar retenciones del IIGG cuando la remuneración bruta del mes o el promedio resultare inferior a $506.230.- inclusive (Tramo I). También se exime del IIGG al 1er SAC de los trabajadores con el  promedio del primer semestre calendario de la remuneración y/o haber bruto inferior a $506.230.-

Corresponderá aplicar la Deducción Adicional para los salarios brutos mensuales o promedios comprendidos en el tramo de $506.230.- a $583.851.- para lo cual se espera que AFIP publique las tablas y escalas que serán aplicables (Tramo II) de forma tal que se reduzca el impacto del impuesto en este rango salarial.

El Decreto publicado en el día de la fecha establece que la Deducción Especial Incrementada del Tramo I, es decir, la que exime del pago del impuesto a cierto rango de sueldos; procederá en el año 2023 en tanto la remuneración y/o haber bruto promedio mensual arroje un monto inferior o igual a:

  • $404.062 desde el 01/01/2023
  • $506.230 desde el 01/05/2023

Las Guardias del Personal de Salud, no tributan IIGG

El día 8/5/2023 fue publicada la ley 27718 donde se establece que las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, activas o pasivas, y horas extras que sean realizadas por profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud no tributarán el Impuesto a las Ganancias, cuando la prestación se realice en centros de salud públicos o privados de la nación.

A tal efecto en el Recibo de Haberes será obligatorio que el concepto se encuentre debidamente identificado con la leyenda “Exención 2do párrafo Art.27 ley impuesto a las ganancias para trabajadores de la salud”