Los representantes del sector mercantil acordaron incrementar las remuneraciones del CCT 130/75 en un 19.5% conforme a las siguientes condiciones:
- 6.5% se calculará sobre los sueldos básicos e importes no remunerativos vigentes en Marzo 2023 y se otorgará desde Abril 2023
- 6.5% se calculará sobe los sueldos básicos e importes no remunerativos vigentes en Marzo 2023 y se otorgará desde Mayo 2023
- 6.5% se calculará sobe los sueldos básicos e importes no remunerativos vigentes en Marzo 2023 y se otorgará desde Junio 2023
Suma Fija No Remunerativa Por Única Vez: Se establece otorgar una suma fija de $25.000 que se abonará en dos veces, $12.500.- durante el transcurso del mes de Abril 2023 y $12.500 durante el transcurso de Mayo 2023. Si bien se encuadra en el Art. 6 de la Ley 24241, es decir, se trata de un pago no contributivo a los regímenes de la seguridad social, los Aportes y Contribuciones con destino a OSECAC y Sindicales serán liquidados y depositados.
Cláusula de Revisión: Las partes se comprometen a reunirse en Julio 2023 a fin de analizar las escalas salariales aquí aprobadas.
Compensación: Están admitidas las absorciones / compensaciones de estos aumentos hasta su concurrencia con los que hayan sido otorgados en forma unilateral y voluntaria desde el 01/01/2023 por los empleadores a cuenta de futuros incrementos, cualquiera sea su denominación.
Aportes y Contribuciones con destino a OSECAC: Se mantiene el aporte que se retiene a los trabajadores con destino a OSECAC, de $100.- por mes, en tanto que la contribución a cargo de los empleadores quedó fijada en $1200.- por mes y por trabajador incluido en el CCT.
Los valores del INACAP quedaron fijados en:
- Abril 2023 – $ 982.13
- Mayo 2023 – $1038.26
- Junio 2023 – $1031.89