Libro de Sueldos Digital – Ampliación del Plazo

Informamos que desde hoy AFIP implementó la posibilidad de pedir ampliación por 45 días del período de pruebas en la nueva aplicación del Libro de Sueldos Digital.
El pedido de ampliación se deberá presentar a través del sitio, en la relación «Libro de Sueldos Digital» y al hacerlo quedará desbloqueado el SICOSS F.931, no siendo necesario llevar multinotas F206 a la agencia.
Para más información sobre este tema pueden acceder a nuestro post Libro de Sueldos Digital AFIP (LSD)
Insistimos en la importancia de leer las notificaciones de Ventanilla Electrónica porque AFIP sigue adelante con su plan de tener a disposición y en línea todos los datos de las liquidaciones de haberes.

Personal Auxiliar de Casas Particulares #SalariosMarzo2019

Fue publicada en el BO del día de la fecha la resolución de la referencia, la cual fija las remuneraciones mínimas para el personal comprendido en el régimen regulado por Ley 26844 que aplica en forma retroactiva desde Marzo 2019.La recomposición salarial aplicará a todo el territorio de la nación, con un adicional del 25% por zona desfavorable si correspondiera.

 

Proyecto de Ley de Blanqueo Laboral y Promoción del Empleo Registrado

El pasado 5 de Abril se presentó en el Senado de la Nación un proyecto de ley para la regularización de relaciones laborales y la promoción del empleo cuyas principales características son:

Regularización del Empleo

Aplica a relaciones laborales iniciadas con anterioridad a la vigencia de la ley, pudiendo rectificarse la fecha de ingreso como el salario real con los siguientes efectos:

  • Extinción de acción penal, liberación de infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza;
  • Condonación de deuda de capital e intereses originada en aportes y contribuciones con destino a la seguridad social (Jubilaciones Ley 24241, PAMI Ley 19032, Obras Sociales Ley 23660, RNSS Ley 23661, FNE y Prestación de Desempleo Ley 24013, RENATRE Ley 25191, Régimen de AAFF Ley 24714, Sistema Integrado de Prestaciones de Desempleo para trabajadores de la Construcción Ley 25371)
  • Los trabajadores incluidos en la regularización podrán computar hasta 60 meses con aportes (o menor cantidad, si fuera menor la cantidad de tiempo que se regularice) que se considerarán sobre un monto mensual equivalente al promedio del salario básico inicial del CCT aplicable a la RL a efectos de cumplir con los años requeridos por la Ley 24241 para la PBU o para la prestación por desempleo de los trabajadores comprendidos en el régimen de la construcción o en el régimen agrario.

Plazos para la regularización:

  • 365 días desde la entrada en vigencia de la reglamentación de la ley;
  • 30 días si el trabajador intimara fehacientemente al empleador;

Decaimiento:

En caso de constatarse la existencia de RL vigentes no declaradas o irregularmente declaradas luego del plan de acogimiento al plan, se producirá el decaimiento del mismo.

Beneficios:

Los empleadores que adhieran al proceso de regularización gozarán por los trabajadores incluidos y por el plazo de dos años de la exención de contribuciones con destino al SIPA (calculadas sobre el monto regularizado)

Promoción del Empleo

Las nuevas relaciones laborales que se inicien durante los 365 días siguientes a la reglamentación de la ley gozarán durante dos años de la exención en las contribuciones destinadas al SIPA.

Registración Laboral / Adecuación

Se entenderá que una relación laboral está registrada cuando ha sido inscripta en el Libro Art. 52 LCT y en los sistemas simplificados de AFIP, por lo tanto, aquellas relaciones laborales que no cumplen con ambos requisitos no se considerarán registradas.

Indemnización por Registración Incorrecta / Criterio Uniforme

Se propone sustituir la indemnización en caso de relaciones laborales no registradas o donde la fecha de ingreso / salario no corresponde a la realidad por una indemnización equivalente al 25% del SMVM vigente al momento del reconocimiento del registro por cada período mensual no registrado / incorrectamente registrado, debiendo además depositar una multa equivalente a dicha indemnización a organismos de la SS.

Si se tratara de un caso donde lo que se consigna incorrectamente en la documentación laboral es el salario, el trabajador afectado percibirá el %  de diferencia entre el salario efectivamente percibido y el registrado.

Certificado Art.80 LCT / Adecuación

Se propone que el empleador esté obligado a poner a disposición del trabajador en forma electrónica o digital las constancias del ingreso de aportes, y sólo si ANSES informa que el empleador no ha generado ni puesto a disposición dicha documentación corresponderá que el trabajador lo intime a efectuar el trámite en los próximos 30 días corridos.

 

 

Selección #ResponsableContable #AnalistaContable

#ResponsableContable

Seleccionaremos Contador para desempeñarse como Responsable Contable, Impositivo y Societario de una importante empresa, en pleno proceso de crecimiento y desarrollo.

Se requiere un profesional con alto nivel de compromiso, dinámico y habituado a seguir procesos y a hacer aportes para mejorarlos. Es indispensable tener excelente manejo de EECC, Libros Societarios y Reportes y experiencia previa comprobable.

#AnalistaContable

Seleccionaremos Estudiante avanzado de Ciencias Económicas o Joven profesional para realizar análisis contable, registros y conciliaciones. Será valorada la experiencia previa en puestos similares, tanto en empresas como en estudios contables.

Los interesados podrán enviar su CV indicando referencias y remuneración mensual pretendida a vanselmi@estudiogroisman.com.ar o a valeria@trabajarparavivir.com indicando en el asunto el puesto al cual aplica.

#RúbricaEnCABA – Cambios 2018

Se esperan profundos cambios en el régimen de rúbrica del libro de sueldos para las empresas con actividad en CABA. Los mismos serán muy positivos si el sitio web destinado a la presentación y solicitud de rúbrica funciona correctamente. Menos uso de papel, menos espacio físico de guardado, menos tiempo de trámite presencial: todos esperamos que sea exitosa la implementación.

El Sistema Web entrará en vigencia desde el 01-2018 según el siguiente esquema:

  • Empleadores con microfichas: desde el 01-02 presentarán el libro de Enero 2018
  • Empleadores con más de 20 trabajadores: desde el 01-02 presentarán el libro de Enero 2018
  • Empleadores con más de 10 trabajadores: desde el 01-03 presentarán el libro de Febrero 2018
  • Empleadores con hojas disponibles: podrán utilizarlas hasta el 31 de Marzo 2018, comenzando desde el 01 de Abril a hacer las presentaciones por sistema web.

Por el momento y esta primera etapa únicamente se solicitará por medio de la plataforma web «Sistema para la Rúbrica de Documentación Laboral en forma digital de la CABA» la rúbrica de los libros de sueldos Art. 52 Ley 20744. Será condición necesaria haber cumplido con el Registro Empleador.

Se utilizará el aplicativo «Subir Documentación» que permitirá presentar los respaldos requeridos en formato PDF y el sistema identificará cada documento en forma unívoca con un código hash.

Pago: Una vez hecha la presentación en la ventanilla digital el sistema emitirá la boleta de pago de la rúbrica.

Almacenamiento: Únicamente electrónico. En caso de extravío o daño de los archivos el empleador podrá solicitar copia de los mismos por nota y presentarse en la SSTIC con un pen drive para obtenerlos.

Presentaciones: Por mes vencido y con periodicidad mensual, una vez hechas las registraciones. Si se hicieran presentaciones fuera de término, las identificará como tales el sistema.

Los datos del empleador se mantendrán actualizados por medio del Registro Empleador y en caso de Baja de la condición de empleador, se deberá notificar presentando el formulario de AFIP, a fin de no estar en falta.

Las empresas con expediente de Centralización deberán consignar los datos del mismo en el libro de sueldos, en el encabezado más precisamente.

La documentación que se seguirá rubricando por ventanilla manual, entre otras, son:

  • Libro Viajantes,
  • Planilla Horaria Personal Femenino
  • Libro de Sueldos Personal Ley Agrario

2do. Tramo Aumento Salarial Auxiliares de Casas Particulares

Desde Diciembre 2017 se aplicará el segundo tramo del incremento salarial dispuesto por la Resolución 2/2017 (CNTCP) del 20-7-2017. Este incremento equivale al 12% calculado sobre los haberes de Mayo 2017. Destacamos que el nuevo valor se deberá tomar para la liquidación del SAC Diciembre 2017.

A modo de ejemplo diremos que un trabajador con retiro para tareas generales percibirá por hora $71.50.- y por mes $8837.00.- por mes, mientras que tratándose de empleados para iguales tareas pero sin retiro el sueldo mensual asciende a $9826.50.-

Hasta el momento AFIP no ha publicado modificaciones en los valores del F.102 destinado al pago de la seguridad de los trabajadores auxiliares de casas particulares.

 

Reempadronamiento Empleadores CABA

El GCBA dispuso por Resolución Nº 1894 de la Sub Secretaría de Trabajo, Industria y Comercio que entre los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre del corriente año se lleve adelante un reempadronamiento de los empleadores con establecimientos localizados en la ciudad o que tengan domicilio legal en la misma.

El fin del reempadronamiento es actualizar las grillas de datos del Registro, para obtener información estadística óptima y se accederá al mismo utilizando la clave de AGIP, también denominada clave ciudad.

Las empresas cumplirán con el reempadronamiento según la cantidad de trabajadores en nómina, según el siguiente detalle:

  • Más de 10 empleados, entre el 01 y el 31 de Octubre,
  • Entre 5 y 10 empleados, entre el 01 y el 30 de Noviembre,
  • Hasta 4 empleados, entre el 01 y el 29 de Diciembre.

Si bien la normativa no lo aclara, las autoridades del GCBA han informado que se tomará como referencia para enviar la información la nómina de la empresa según último SUSS presentado a la fecha de cumplimiento del reempadronamiento.

Con respecto a los datos que se suman a los solicitados anteriormente, mencionaremos: el domicilio de los libros laborales, los CCT aplicables, si la empresa posee centalización laboral y la designación de una persona de contacto con la STIYC.

 

 

Selección #GerenteAdministración #AnalistaSR

Para importante empresa seleccionaremos:

  • Gerente de Administración y Finanzas,
  • Analista Impositivo Contable SR,

Requisitos para ambos puestos: Ser profesional de Ciencias Económicas, con amplia experiencia en empresas de primera línea o estudios profesionales en puestos similares.

Los que deseen sumarse a la propuesta se pueden contactar por mail enviando su CV a valeria@trabajarparavivir.com o bien a vanselmi@estudiogroisman.com.ar