Se publica con fecha 27/06/2020 una nueva Decisión Administrativa 1133 donde quedan establecidos los siguientes criterios vinculados al Programa ATP para el período devengado Junio 2020.
- El Salario Complementario será calculado aplicando el 83% a la remuneración bruta informada en Abril 2020, exteriorizada en el SICOSS F931, a lo cual se aplicará el 50%;
- El Salario Neto que resulte del cálculo detallado en el punto anterior no podrá ser inferior a 1 (un) SMVM ni superior a 2 (dos) SMVM[1]
- Las empresas incluidas en áreas con ASPO (Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio)[2] podrán obtener hasta 2 (dos) SMVM para sus trabajadores, en tanto que las ubicadas en zonas donde rige el DISPO (Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio) accederán como máximo a 1 (un) SMVM para cada uno de sus empleados;
- Para aprobar la solicitud del Programa ATP Junio 2020 se hará una comparación entre la facturación Mayo 2019 y Mayo 2020, la cual debería tener una variación positiva del 5% como máximo;
- Se van a detraer las extinciones de relaciones laborales producidas hasta el 24 de Junio inclusive para el cálculo del beneficio del Salario Complementario;
- No quedarán comprendidos en el beneficio los empleados con sueldos brutos mensuales superiores a $140.000.- (recordarmos que en Mayo 2020 se habían excluído los trabajadores con salarios superiores a $250.000 mensuales brutos)
- En el caso de empresas con nóminas de 800 trabajadores o más al 29/02/2020 la DA bajo análisis establece que a las restricciones fijadas en Mayo 2020 con respecto a distribución de utilidades y otras operaciones bursátiles / con el exterior, se suma que no podrán incrementar honorarios y salarios de los miembros de órganos de administración en más de un 5% de los valores nominales.
- Queda establecido que los empleadores que llevan adelante sus actividades en zonas ASPO tendrán una reducción del 95% de las contribuciones patronales con destino al SIPA, en tanto las ubicadas en área DISPO serán beneficiadas con la postergación del pago de dicho concepto.
AFIP Habilita el acceso al Servicio Programa ATP
AFIP establece por medio de su RG 4746 del día 27/06 que el servicio on line Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción para solicitar beneficios por el mes devengado Junio 2020 estará disponible desde el 26/06 hasta el 03/07, ambas fechas inclusive.
[1] El valor del SMVM es de $16875.- (Salario Mínimo Vital y Móvil)
[2] Área Metropolitana Bs As AMBA, Dpto San Fernando de la Provincia del Chaco, Dptos Bariloche y General Roca de la Provincia de Río Negro, Dpto Rawson de Chubut, Ciudad de Córdoba y aglomerado urbano de la Provincia de Córdoba – Decreto 520/20 Art.11