A nuestro post del pasado 21-5, una vez conocidos los dos acuerdos firmados por las partes involucradas, resulta importante en el día de hoy mencionar algunas precisiones que resultan muy significativas mientras se espera que el MTEySS homologue las nuevas tablas.
Ampliamos lo ya publicado mediante los siguientes puntos:
– Como el aumento del 17% sobre tablas debería aplicarse desde Abril 2015, el acuerdo otorga a los empleadores plazo hasta el 15 de Junio para el pago del retroactivo. Deberá liquidarse mediante un concepto al que se denominará «Incremento Abril 2015 conforme acuerdo colectivo 2015»
– Las sumas fijas no remunerativas a pagar en Julio y Septiembre por $1524 cada una se pagarán en forma proporcional a la jornada trabajada (en caso de trabajadores de tiempo parcial) o a los días efectivamente trabajados (en caso de tratarse de empleados que ingresan / egresan en el mes del pago)
– Por acuerdo complementario se acordó un aporte personal de cada trabajador mercantil afiliado a OSECAC de $70,00 mensuales, el cual se descontará de sus haberes desde Mayo 2015 (aquí no corresponde ajustar retroactivamente Abril)
Quedaremos atentos a la homologación del acuerdo por parte de la autoridad laboral.