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Queda establecida por Decreto 841/2022 (17/12/2022) para los trabajadores del Sector Privado que trabajan en relación de dependencia el pago de una Suma No Remunerativa de hasta $24.000 que será abonada durante el mes de Diciembre 2022.
Incluye a los trabajadores regulados por la LCT, a los trabajadores del régimen de la construcción, a los trabajadores regulados por el régimen de trabajo agrario y a los auxiliares de casas particulares. Asimismo se deja establecido que quienes presten servicios en jornadas inferiores a la legal o convencional percibirán esta asignación no remunerativa en forma proporcional.
El monto de la asignación será equivalente a:
Podrá absorberse hasta su concurrencia con el pago de Asignaciones por única vez establecidas por normas convencionales entre Noviembre 2022 y Enero 2023.
Las PYMES tramo I que cuenten con certificado vigente a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto podrán reducir los anticipos del Impuesto a las Ganancias por un importante equivalente al 50% del monto total abonado en concepto de ANR Decreto 841/2022.
Tratándose de personas humanas empleadores de Auxiliares de Casas Particulares Ley 26844, podrán deducir el pago de esta ANR del Impuesto a las Ganancias, quedando previsto que se solicite el reintegro del 50% de lo abonado cuando no tuvieran la posibilidad de deducirlo.
Quedó establecida en $164.- la suma correspondiente al FFE para el período devengado Noviembre 2022 que se pagará en Diciembre 2022 (Disposición 7/2022 de la SRT)
Fue publicado el valor de movilidad previsional que se aplicará desde Diciembre 2022 y que tendrá vigencia para el trimestre Diciembre 2022, Enero y Febrero 2023: es de 15,62%.
Por lo tanto, los nuevos montos mínimo y máximo imponibles dados a conocer por ANSES en su Resolución Nº 260/2022 serán de $16.881,84 y $548.651,90 respectivamente.
Recordamos que este índice también se aplicará para actualizar los valores mensuales correspondientes al régimen de trabajadores autónomos.
Fue publicado por medio del Decreto 714/2022 el nuevo valor mínimo a partir del cual los trabajadores, jubilados y pensionados comienzan a pagar impuesto a las ganancias desde Noviembre 2022 devengado.
Se establece que desde el 01/11/2022 no corresponderá aplicar retenciones del IIGG cuando la remuneración bruta del mes o el promedio resultare inferior a $330.000.- inclusive (Tramo I). También se exime del IIGG al 2do SAC de los trabajadores con el promedio del segundo semestre calendario de la remuneración y/o haber bruto inferior a $330.000.-
Corresponderá aplicar la Deducción Adicional para los salarios brutos mensuales o promedios comprendidos en el tramo de $330.000.- a $431.988.- para lo cual se espera que AFIP publique las tablas y escalas que serán aplicables (Tramo II) de forma tal que se reduzca el impacto del impuesto en este rango salarial.
El Decreto publicado en el día de la fecha establece que la Deducción Especial Incrementada del Tramo I, es decir, la que exime del pago del impuesto a cierto rango de sueldos; procederá en el año 2022 en tanto la remuneración y/o haber bruto promedio mensual arroje un monto inferior o igual a:
Se prevé que en los próximos días AFIP publique la resolución que reglamenta el presente Decreto para su efectiva aplicación desde Noviembre 2022.
Fue publicado el día 26/10/2022 el valor de la suma fija destinada al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales para Octubre 2022 (devengado), el cual será de $155.00.-
Recordamos que esta suma está actualizándose mensualmente.
El aumento salarial para los trabajadores de casas particulares regulado a través de la Resolución Nº 4/2022 de la CNTCP, implica un incremento del 9% para el mes de Agosto 2022, del 9% para el mes de Septiembre 2022, del 9% para el mes de Octubre 2022 y del 9% para Noviembre 2022, siempre sobre la base Junio 2022. Fue dado a conocer en el BO del 31/08/2022.
Fue oficializado el aumento anunciado del SMVM del 21% en 3 tramos, del 7% cada uno partiendo del valor actual (Agosto 2022) de $47850.-
Los valores publicados son los que se detallan a continuación:
| Período | Mensual | Valor Hora |
| Septiembre 2022 | $51.200.- | $256.- |
| Octubre 2022 | $54.550.- | $272.75.- |
| Noviembre 2022 | $57.900.- | $289.50.- |
Conviene recordar que estos valores excluyen las asignaciones familiares y que son valores mínimos brutos aplicables a trabajadores de jornada completa.
Fue publicado el valor de movilidad previsional que se aplicará desde Septiembre 2022 y que tendrá vigencia para el trimestre Septiembre, Octubre y Noviembre 2022: es de 15,53%.
Por lo tanto, los nuevos montos mínimo y máximo imponibles dados a conocer por ANSES en su Resolución Nº 201/2022 serán de $14.601,14 y $474.530,27 respectivamente.
Recordamos que este índice también se aplicará para actualizar los valores mensuales correspondientes al régimen de trabajadores autónomos.
Fue dado a conocer el acuerdo salarial firmado por los representantes del sector mercantil donde establecieron el adelantamiento del aumento del 10.5% inicialmente previsto para Enero 2023, a Agosto 2022.
Como resultado de esta modificación, el aumento a abonar en Agosto 2022 será del 20.5%, siempre calculado sobre la base de los salarios de Abril 2022.
Se ratifican los aumentos del 10% en Septiembre 2022 y del 11% en Noviembre 2022, y se mantiene la naturaleza de Suma No Remunerativa, quedando ratificadas las cláusulas no modificadas del convenio original, suscripto en Abril 2022.
La homologación fue publicada según R 1677/2022 del MTESS, y se comprometen las partes a una revisión en Enero 2023.
Con respecto a la cláusula 2da del acuerdo firmado el pasado 19 de Agosto del 2022 donde se establece que sólo podrán ser compensados los aumentos voluntarios otorgados por los empleadores desde Agosto 2022 y hasta el 30 de Septiembre del 2022, entendemos que se refiere al 10.5% cuyo adelantamiento se dispone. Sin embargo, interpretamos que como criterio general sigue vigente lo dispuesto en el Acuerdo Original suscripto en Abril 2022, es decir, que se podrán compensar aumentos efectivamente otorgados desde el 01 de Enero del 2022, que se hubieren abonado a cuenta de futuros aumentos y en forma voluntaria por parte del empleador (incluido el adelantamiento dispuesto en Agosto 2022)
INACAP:
Por su parte, ya tomando los aumentos acordados y homologados desde Agosto 2022 y los meses subsiguientes, el INACAP publicó los valores que regirán mensualmente, conforme al siguiente detalle:
| Agosto 2022 | $603.79 |
| Septiembre 2022 | $647.38 |
| Noviembre 2022 | $695.33 |