Finalmente ANSES publicó en su RG 34 – E / 2017 el incremento en los topes de la seguridad social que se aplicará desde Marzo 2017, el cual es del 12.96%.
El máximo ascenderá por lo tanto a $72289.62 y el mínimo a $2224.32.-
Finalmente ANSES publicó en su RG 34 – E / 2017 el incremento en los topes de la seguridad social que se aplicará desde Marzo 2017, el cual es del 12.96%.
El máximo ascenderá por lo tanto a $72289.62 y el mínimo a $2224.32.-
Fue publicado ayer, 23/01/2017, el Decreto 54/2017, a través del cual el PEN establece cambios en los procedimientos que el Sistema de Riesgos de Trabajo prevé en relación a las Comisiones Médicas así como atribuciones de las ART para extinguir contratos de afiliación en caso de verificarse deuda / falta de pago y a otros procesos administrativos vinculados con los pagos de siniestros. A continuación enumeraremos los cambios más significativos a considerar
Comisiones Médicas
Pagos, Indemnizaciones y Prestaciones Dinerarias
Incapacidad Laboral Temporaria: Es aquella que impide al trabajador realizar temporariamente sus tareas. Cesa cuando se dan alguna de las siguientes situaciones:
Consulta On Line alícuota de empleadores
Aprovechamos para informar que la Superintendencia SRT ha implementado la posibilidad de consultar on line la alícuota vigente de un determinado empleador. Recomendamos por lo tanto implementar este control antes del cierre de cada F.931 SICOSS y guardar la consulta como papel de trabajo a fin de tener la certeza de estar aplicando la alícuota vigente y evitar deudas involuntarias que podrían inclusive derivar en la baja del contrato. A continuación compartimos el link de acceso:
http://www.srt.gob.ar/index.php/consulta-de-alicuota-por-cuit/
Asimismo se establece el Beneficio para personas de 65 años de edad o más, llamado «Pensión Universal para el Adulto Mayor» que es vitalicia, equivale al 80% de la jubilación mínima y que se actualizará en Marzo y en Septiembre tal como establece la Ley de Movilidad Previsional, dando acceso a la cobertura del PAMI y del régimen de AAFF. La ley preve que quien lo reciba pueda seguir trabajando hasta obtener los años de servicio necesarios para acceder al beneficio jubilatorio.
Entra en vigencia la Ley 27260, promulgada el pasado 22-7, la cual regula el llamado «Programa nacional de reparación histórica para jubilados y pensionales. Régimen de sinceramiento fiscal»
A continuación mencionaremos algunos puntos a tener en cuenta desde el área de RRHH a efectos de aprovechar el plan de pagos o moratoria en la que se pueden incluir deudas hasta el 31-3-2017, vencidas al 31-5-2016,
No se podrán incluir en la moratoria las deudas en concepto de:
¿Beneficios?
La reglamentación del plan de pagos dará mayores precisiones para indicarnos cómo proceder, pero con estos #tips ya las áreas de RRHH podrán evaluar si están en situación de aprovechar la moratoria y sus beneficios.
AFIP ha publicado la RG 3876 en la cual amplía el universo de empleadores obligados a utilizar el SICOSS on line para la confección del F.931 mensual.
A partir de Mayo 2016 todas las nóminas de hasta 300 trabajadores estarán alcanzadas por la obligación de utilizar dicho régimen, mientras que las empresas con nóminas de 301 a 350 empleados tendrán la opción de hacerlo.
Desde Junio del corriente año los valores que se depositan en concepto de Aportes a la Seguridad Social correspondientes al régimen de trabajadores auxiliares de casas particulares se modificarán.
Por los mayores de 18 años activos se pagarán los siguientes montos:
– Hasta 12hs semanales, $172 totales por mes
– Más de 12hs y menos de 16hs semanales, $252 totales por mes
– 16hs semanales o más, $684 totales mensuales
Cabe aclarar que no hubo modificaciones en cuanto a las fechas de vencimiento ni a la modalidad de contratación del SVO, que no está incluido en el F.102
Para liquidar los sueldos de Marzo habrá que prestar atención a varios puntos, entre los que se destacan:
– Actualización de los topes de la Seguridad Social (movilidad jubilatoria)
– Utilización de la Versión del SICOSS 39 R.3, que principalmente dentro de sus novedades permite aplicar los nuevos topes de la SS
– Aplicación de lo previsto por la RG 3831, que establece la revisión de las liquidaciones de haberse realizadas en Enero y Febrero de 2016 a fin de determinar si las mismas debieron haber tributado IIGG y en caso de generar saldos a depositar, retener 1/10 parte del saldo en los haberes de Marzo en adelante.
– Y si se tratara de una nómina con trabajadores encuadrados en el CCT de Comercio, emitir un Recibo que contenga el 50% de la SNR de $2000 pautada en el último acuerdo salarial del sector, ya que debe depositarse entre el 01 y el 07 de abril.
– Además para empresas con actividades y/o domicilio legal en CABA, se acerca la fecha tope para presentar el Registro Empleador de 2015 (31-03)
A partir del devengado Marzo 2016 la base mínima imponible para las remuneraciones de los trabajadores será de $1724,88.- en tanto que el tope máximo de retención será de $56057,93.- ya que se oficializó el anuncio que indicaba un incremento del 15.35% sobre dichos topes en aplicación de la ley de movilidad jubilatoria.
Y Marzo seguirá trayendo novedades, porque los responsables de las liquidaciones de haberes deberán empezar a aplicar la RG 3831 de AFIP y las nuevas sumas que se acuerden en el marco de las paritarias 2016. Con respecto a este último punto se hizo saber que el sector Mercantil acordó una suma no remunerativa de $2000, de la cual un 50% se pagará junto con los haberes de Marzo.
Seleccionaremos Asistente Administrativo/a Contable, para desarrollar tareas de análisis, conciliaciones y Data Entry.
Lugar de Trabajo: CABA
Dedicación: Full Time
Experiencia previa: Excluyente
¿Cómo aplicar? Los interesados deberán enviar su CV, indicando referencias y pretensiones a vanselmi@estudiogroisman.com.ar
Sumate! Nuestros clientes te esperan!!