#RúbricaEnCABA – Cambios 2018

Se esperan profundos cambios en el régimen de rúbrica del libro de sueldos para las empresas con actividad en CABA. Los mismos serán muy positivos si el sitio web destinado a la presentación y solicitud de rúbrica funciona correctamente. Menos uso de papel, menos espacio físico de guardado, menos tiempo de trámite presencial: todos esperamos que sea exitosa la implementación.

El Sistema Web entrará en vigencia desde el 01-2018 según el siguiente esquema:

  • Empleadores con microfichas: desde el 01-02 presentarán el libro de Enero 2018
  • Empleadores con más de 20 trabajadores: desde el 01-02 presentarán el libro de Enero 2018
  • Empleadores con más de 10 trabajadores: desde el 01-03 presentarán el libro de Febrero 2018
  • Empleadores con hojas disponibles: podrán utilizarlas hasta el 31 de Marzo 2018, comenzando desde el 01 de Abril a hacer las presentaciones por sistema web.

Por el momento y esta primera etapa únicamente se solicitará por medio de la plataforma web «Sistema para la Rúbrica de Documentación Laboral en forma digital de la CABA» la rúbrica de los libros de sueldos Art. 52 Ley 20744. Será condición necesaria haber cumplido con el Registro Empleador.

Se utilizará el aplicativo «Subir Documentación» que permitirá presentar los respaldos requeridos en formato PDF y el sistema identificará cada documento en forma unívoca con un código hash.

Pago: Una vez hecha la presentación en la ventanilla digital el sistema emitirá la boleta de pago de la rúbrica.

Almacenamiento: Únicamente electrónico. En caso de extravío o daño de los archivos el empleador podrá solicitar copia de los mismos por nota y presentarse en la SSTIC con un pen drive para obtenerlos.

Presentaciones: Por mes vencido y con periodicidad mensual, una vez hechas las registraciones. Si se hicieran presentaciones fuera de término, las identificará como tales el sistema.

Los datos del empleador se mantendrán actualizados por medio del Registro Empleador y en caso de Baja de la condición de empleador, se deberá notificar presentando el formulario de AFIP, a fin de no estar en falta.

Las empresas con expediente de Centralización deberán consignar los datos del mismo en el libro de sueldos, en el encabezado más precisamente.

La documentación que se seguirá rubricando por ventanilla manual, entre otras, son:

  • Libro Viajantes,
  • Planilla Horaria Personal Femenino
  • Libro de Sueldos Personal Ley Agrario

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