El subdirector general de Recaudación, José Bianchi, explicó que para encuadrar a los trabajadores en la escala de Impuesto a las Ganancias a los fines de saber si deben tributar o con qué reducción de alícuotas se deben incluir en el cálculo de la remuneración las horas extras o los beneficios gravados que no sean permanentes cuando hayan sido percibidos durante el 75% del período en cuestión. De enero a abril, sería cuando se cobraron durante tres meses, pero es algo que habrá que recalcular mes a mes hasta diciembre.
Por Dolores Olveira
Este 75% es sólo para calcular el tope salarial para el encuadre del salario en la nueva tablita de Ganancias, pero aunque algunos conceptos resulten descartados para esa operación, por no llegar al tope, sí entrarán luego en el cómputo del impuesto, ya que están gravados, aclaró Bianchi.
La AFIP realizó una jornada nacional sobre Ganancias, Factura…