Tres Omisiones muy comunes… conversando con colegas

Conversando e intercambiando experiencias profesionales con los colegas, veo que hay ciertas obligaciones que muchas empresas están omitiendo cumplir y que podrían ser objeto de sanciones fácilmente evitables.

Me refiero puntualmente a:

  • Notificación por escrito al empleado de las pautas normadas por la RG 3418  (SIRADIG) dentro de los 30 días siguientes al ingreso de los nuevos colaboradores, e inclusive se ha omitido dicha notificación al personal activo al mes de Diciembre 2012, dejando constancia de dicha entrega a disposición del fisco (lo más recomendable es en el legajo del empleado)
  • Entrega del recibo de haberes con la leyenda en la cual se expresa «Remuneración y/o Haber no sujeto al Impuesto a las Ganancias – Decreto PEN 1242/2013» para quienes hayan percibido entre Enero y Agosto de 2013 remuneraciones inferiores a $15000,
  •  Emisión del F.649 con la liquidación anual del impuesto a todo el personal en nómina, sin importar si se ha encontrado o no alcanzado por el gravamen,

Estamos en una situación donde la liquidación del impuesto resulta casi más trabajosa que la de los sueldos propiamente dichos, y son muchas las tareas, los cálculos y los recaudos que los organismos de controlar nos exigen que realicemos, pero es mejor que tomemos la precaución de cumplir con la normativa y evitar sanciones futuras.

 

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