Se publicó con fecha 05/06/2020 la RG 4734 donde se aclara que los empleadores alcanzados por el beneficio de la reducción del 95% en las contribuciones patronales SIPA para el mes de Mayo 2020 figurarán caracterizados en Sistema Registral con el código 461 (Beneficio Decreto 332/2020 Reducción de Contribuciones SS)
Además se determina que los empleadores que obtuvieron como beneficio la prórroga de 60 días para el pago de las Contribuciones Patronales SIPA para el período devengado Mayo 2020 tendrán el siguiente cronograma de vencimientos:
- CUIT terminados en 0, 1, 2, 3 = 12 de Agosto 2020
- CUIT terminados en 4, 5, 6 = 13 de Agosto 2020
- CUIT terminados en 7, 8, 9 = 14 de Agosto 2020
A dichos empleadores se los caracterizará en Sistema Registral con el código 460 (Beneficio Decreto 332/2020 Postergación Pago de Contribuciones SS)
Cabe aclarar que hoy, 8/6, es decir un día antes de los vencimientos generales de la seguridad social aún AFIP no ha hecho la caracterización de los empleadores, con lo cual los cálculos de los SICOSS F931 del Devengado Mayo se emiten sin reducciones ó distinciones de las contribuciones patronales SIPA y no SIPA: una situación inadmisible para los contribuyentes y profesionales.
A modo de recordatorio, reiteramos lo oportunamente informado sobre la fecha de vencimiento de las Contribuciones Patronales SIPA por el mes devengado Marzo 2020, que en caso de haber sido postergadas vencen a partir del próximo 16 de Junio 2020 según su terminación de CUIT.
Plan de Pagos
Se establece un plan de facilidades de pago especial para los períodos Marzo, Abril y Mayo 2020 en concepto de las contribuciones patronales con destino al SIPA que fueron postergados por 60 días como beneficio del Programa ATP.
Las características de este plan de facilidades son las siguientes:
- Se encontrará disponible desde el 9 de Junio,
- Admite hasta 8 cuotas, cada una por un monto no menor a $1000.-
- Fecha de adhesión, varía según el concepto que se incluya:
- Para adherir el devengamiento de Marzo 2020, desde el 9 de Junio hasta el 31 de Julio
- Para adherir el devengamiento de Abril 2020, desde el 01 de Julio hasta el 31 de Agosto
- Para adherir el devengamiento de Mayo 2020, desde el 01 de Agosto hasta el 30 de Septiembre