En el día de la fecha, 2/5/19, fue publicada la RG 4470 a través de la cual AFIP prorroga el plazo con que cuentan los empleadores en su carácter de agentes de retención para realizar la liquidación anual del impuesto a las ganancias 2018 hasta el 17/5/19.
El importe que surja de dicha liquidación anual será retenido o reintegrado, según corresponda hasta el 10/6/2019 inclusive e incluido en el SICORE de Mayo, con fecha 31/05/19 si la fecha de retención o de devolución está comprendida entre el 1 y el 10 de Junio.
Además la citada RG otorga plazo a los trabajadores para modificar su SIRADIG Anual 2018 hasta el 30/4/19 (recordamos que el plazo por la normativa vigente es hasta el 31/3 de cada año) lo cual si bien fue anticipado el día 25/4/19 a través del sitio web del organismo, no fue incluido en una RG hasta la publicación realizada hoy, resultando por lo tanto no operativa.