Cambios en IIGG Cuarta Categoría desde 01/09/2021

Fue publicado en el día 23/9/2021 el Decreto 620/2021 según el cual se incrementa a $175.000 el piso a partir del cual los trabajadores en relación de dependencia y beneficiarios previsionales comienzan a tributar Impuesto a las Ganancias, con vigencia desde el 1º de Septiembre 2021.

También en el mismo Decreto se determina que los salarios ubicados entre $175.000 y $203.000 gozarán de una deducción especial incrementada (DEI) según el Anexo de la RG 5076, del 27/9/2021.

En la mencionada resolución encontramos los siguientes conceptos:

  • Con respecto a eximir el SAC del impuesto a las ganancias, se determinará para la 1º cuota 2021 si el haber bruto o promedio resultante del primer semestre no supera los $150.000.- y para eximir la 2º cuota la condición es que el monto bruto o promedio resultante del segundo semestre no supere los $175.000.-
  • Se tomarán las liquidaciones mensuales devengadas desde el 01/09/2021, bajo la premisa que no corresponderá retención del IIGG si el haber bruto mensual y/o el promedio entre el 01/09/2021 y el 31/12/2021 fuere menor a $175.000.-
  • Desde el 01/01/2021 y hasta el 31/08/2021 se aplicará este criterio en el caso de haber bruto mensual y/o promedio que no supere los $150.000.- ya que esta RG rige desde el 01/09/2021.
  • Asimismo la RG consta de un Anexo donde se detalla la Deducción Especial Incrementada para los salarios ubicados en el tramo de $175.000 a $203.000 desde el 01/09/2021 hasta el 31/12/2021. Tal como en la Resolución que la precede, AFIP aclara que la DEI será trasladada a los meses subsiguientes aún cuando la remuneración mensual del trabajador o su promedio exceda los límites fijados por la normativa, no debiendo ser recalculada.

Los empleadores que ya hubieran cerrado las liquidaciones del período devengado Septiembre 2021 sin aplicar estas nuevas disposiciones, deberán devolver el saldo a favor que se genere con el primer pago posterior a la entrada en vigencia de la norma.


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