Notificaciones del MTESS

AFIP y MTESS, en su Resolución Conjunta 4970 publicada hoy resolvieron que el Ministerio en el marco de sus procedimientos de ejecución fiscal podrá ejecutar notificaciones y comunicaciones a través del domicilio fiscal electrónico del contribuyente, con excepción de los mandamientos de intimación de pago.

Una vez que los contribuyentes ó responsables constituyan domicilios en actuaciones judiciales, las posteriores notificaciones se gestionarán en dicho domicilio.

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