Es obligatorio informar a las ART la modalidad de trabajo homeoffice

La Superintendencia ha determinado que los empleadores que habiliten a sus trabajadores realizar tareas a distancia, en el marco de la emergencia sanitaria decretada por el Decreto 260/2020, deberán informar a las ART la nómina de los trabajadores afectados (nombre completo y CUIL) y los domicilios donde cada uno estará desempeñándose, así como horarios laborales.

Ante esto recomendamos tomar contacto con sus correspondientes ART, y consultar si a tal efecto se implementarán ventanillas electrónicas o casillas de correo especiales para recibir los listados arriba mencionados.

Resolución 207/2020 – MTSSE – Licencias Especiales y Trabajo a Distancia

Rige desde hoy una licencia especial y remunerada por un plazo de 14 días para empleados privados y estatales que se encuentren dentro de los siguientes grupos:

  • Trabajadores mayores de 60 años, exceptuando a quienes sean considerados esenciales para el adecuado funcionamiento del establecimiento,
  • Trabajadoras embarazadas,
  • Personas incluidas en grupos de riesgo, así definidos por autoridad sanitaria nacional donde se incluyen:
  1. Enfermedades Respiratorias: EPOC, efisema, displasia, fibrosis, asma.
  2. Enfermedades Cardíacas: insuficiencia, cardiopatías congénitas, enfermedad coronaria.
  3. Inmunodeficiencias;
  4. Diabéticos;
  5. Personas con insuficiencia renal;

Los colaboradores que estén alcanzados por esta licencia especial y con goce de haberes, cuyas tareas habituales u otras análogas puedan ser realizadas desde su domicilio (o lugar de aislamiento) deberán establecer con su empleador las condiciones para que dichas tareas sean realizadas y así dar continuidad a la prestación de servicios, fomentándose la modalidad de trabajo conocida como home office o remoto.

Se dispone además que mientras dure la suspensión de clases se considerará justificada la inasistencia del progenitor/a cuya presencia resulte indispensable para el cuidado de los menores, quedando habilitada sólo una persona adulta para gozar de esta licencia por familia.

La Resolución bajo análisis recomienda a los empleadores arbitrar las medidas necesarias para que sus colaboradores puedan trabajar a distancia y mantener así el normal funcionamiento de sus establecimientos en tanto sea posible.