Desde 01/2019 el importe mensual a detraer de la base imponible a efectos del cálculo de las contribuciones patronales de la seguridad social será de $7003,68.- para quienes utilizan la escala gradual según la R. (SSS) 3/2018 publicada en el BO el día 26/12/2018.
Cabe recordar que hasta el presente mes, Diciembre 2018, el monto de la detracción es de $2400.- por cada trabajador con dedicación de jornada completa que haya trabajado el todo el mes, llegando a la suma de $3600.- en el caso de liquidaciones de SAC por semestre íntegro.
El aumento del mínimo no imponible previsional se origina por dos motivos:
- La actualización del monto de $12.000.- que la Ley Nº 27430 estableció en el Art.4 del Decreto 814/2001, el cual pasa a ser de $17.509,20 por aplicación del IPC brindado por el INDEC;
- La aplicación gradual y anual del mínimo no imponible previsional que hasta Diciembre 2018 es del 20% pasando a ser del 40% hasta Diciembre 2019 según lo establecido en el Art. 173 c) de la Ley Nº 27430.
Los empleadores de industrias tales como textil y marroquinería, alcanzadas por el Decreto 1067/2018 que hubieran cumplido con la R.127/2018 estarán habilitadas para tomar el 100% de la detracción, es decir, $17.509,20 por cada trabajador que trabaje tiempo completo y todo el mes afectado a la actividad (dependerá del CCT en el cual se encuentre comprendido)