AFIP ha actualizado la Versión 41 del SICOSS poniendo a disposición el Release 3 que permite aplicar un porcentaje adicional de contribuciones patronales a aquellos empleados que presten servicios considerados diferenciales según lo dispuesto por el D.633/18.
La «Condición 5» habilita el campo para cargar la tarea diferencial y en caso de combinar la «Condición 5» con la Actividad 3 que corresponde a Construcción el aplicativo determina automáticamente la contribución diferencial del 5%.
Recordamos que las contribuciones patronales adicionales que rigen desde Septiembre 2018 alcanzan a tareas diferenciales comprendidas en el D.633/18 y que entre las mismas podemos mencionar a los conductores de vehículos de transportes de carga, determinadas tareas de enfermería y trabajadores de ciertas industrias (vidrio, servicios portuarios, minería, petróleo, entre otras)
Las empresas que teniendo trabajadores que encuadran en estas actividades hubieran presentado el SICOSS F.931 de 09-2018 sin depositar la contribución patronal adicional deberán rectificar y depositar la diferencia a la brevedad. Por la demora del organismo en adecuar el aplicativo no se deberían devengar intereses, sin embargo, no hay a la fecha normativa al respecto.