Se ha modificado el texto de la RG 4003-E que regula el régimen de deducciones y cálculo del impuesto a las ganancias sobre sueldos, determinando que:
- La deducción de hijos menores de 18 años será computada únicamente por quien posea la responsabilidad parental y en caso que la misma sea ejercida por ambos padres, podrá computar la deducción en un 50% cada uno o en un 100% alguno de ellos,
- En caso de hijos incapacitados para el trabajo, la deducción podrá ser tomada por ambos progenitores en un 50% cada uno o bien en un 100% sólo por uno de ellos.
La nueva disposición que será de aplicación para todo el año 2018, entrará en vigencia desde el 03-09-2018 y los beneficiarios tendrán plazo para actualizar la información de sus cargas de familia en el SIRADIG hasta el vencimiento anual 2018, es decir, Marzo 2019.
Con respecto al SIRADIG los trabajadores deberán indicar al momento de declarar la deducción que no perciben asignaciones familiares por dichas cargas de familia, ya que ambos beneficios son excluyentes por disposición de la Ley 27160 Art 6º.