Con la publicación de la RG 4184-E del 5/1/2018 AFIP ha dispuesto que las multas aplicadas según RG 1566 de AFIP deberán ingresarse mediante transferencia electrónica y se incluye para los trabajadores autónomos la opción de utilizar tarjetas de débito y/o de crédito. La RG además establece un nuevo cuadro de códigos para el pago de las multas que identifica el motivo de la sanción aplicada.