Se hacen oficiales las novedades de Ganancias 2016

Con la publicación del D.394/2016 se oficializan los nuevos valores en materia de Mínimo No Imponible y Cargas de Familia deducibles para trabajadores y también se deroga el D.1242/2013, responsable de un régimen injusto y distorsionado del impuesto vigente desde Septiembre 2013.

Como consecuencia del nuevo decreto, ya no es importante saber cuánto ganó un empleado entre Enero y Agosto 2013 para determinar cómo retener el impuesto a las ganancias en el presente ni tampoco cuál fue su salario al momento del ingreso, en caso que durante esos 8 meses no hubiera estado en actividad. Ahora lo importante es su ingreso actual, como siempre debió haber sido.

Una novedad en cuanto a las tablas de deducciones que estamos habituados a ver es que tanto por Hijo/a como por Otras Cargas (nietos, abuelos, hermanos, etc) se podrá deducir el mismo monto anual.

Los montos anuales, aplicables desde Enero 2016, han quedado publicados así:

  • Ganancia No Imponible, $42318
  • Cónyuge, $39778
  • Hijo/a, $19889
  • Otras Cargas de Familia, $19889
  • Deducción Especial, $203126

A los que se les genere devolución, se les devolverá en una sola cuota, ya que el Decreto no establece ningún procedimiento especial para hacerlo.

A quienes venían quedando eximidos del impuesto por aplicación del D. 1242/2013, se les deberá empezar a retener desde la próxima liquidación salarial considerando su ingreso acumulado anual 2016. Seguramente el universo de personas alcanzadas por el impuesto se incrementará considerablemente a partir del mes en curso.

Las escalas, siguen igual: no se han publicado cambios.

 

 

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