Certificados Laborales

Vale hacer una aclaración, porque muchas veces se generan confusiones al respecto de los certificados laborales que el ordenamiento legal argentino obliga emitir al empleador:

1- Certificación de Servicios: Formulario PS 6.2 ANSES, previsto por Ley 24241, cuya emisión, salvo excepción legal expresa, debe hacerse en forma on line mediante el uso de clave fiscal y entregarse al trabajador cuando se desvincula como constancia de los aportes y contribuciones a la seguridad social depositados en el transcurso de la relación laboral. Requiere firma certificada del empleador.

2- Certificado Art. 80 LCT, cuya emisión puede hacerse on line pero también se puede hacer en forma manual, lo cual es optativo, teniendo en cuenta que si se optase por hacerlo a través del sitio de AFIP, deberán agregarse las cargas sociales con destino a los organismos sindicales, ya que las mismas no figuran en las declaraciones juradas que el empleador presenta mensualmente (F931)

Es una práctica recomendable que en el legajo del empleado desvinculado, junto con los demás documentos que respaldan la baja, queden copias de ambos certificados con la firma del ex empleado en la cual indique su recepción conforme.

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