Personal de Casas Particulares – Recibo de Sueldo Electrónico – Único Válido
Fue publicada la RG 5850 de ARCA donde se reglamenta la disposición de la Ley 27802 Art. 109 que elimina todo tipo de formularios manuales, centralizando la información en el micrositio del organismo y que rige desde el período devengado Mayo 2026.
Por lo tanto, los empleadores ya no podrán emitir recibos manuales, los únicos válidos serán los Recibos Electrónicos que se generan en el Registro Especial de Personal de Casas Particulares, al cual se accede con clave fiscal. Como se emiten con clave fiscal no requieren firma del empleador.
También establece la RG que, si el pago se hace en efectivo, el empleador está obligado a imprimir el recibo y hacerlo firmar por el trabajador. Del mismo modo se procederá si el trabajador así lo solicita, aunque el pago no sea en efectivo.
Lo enunciado en los párrafos precedentes implica que los volantes denominados F.102 RT, F.575 RT y F.1350 no se considerarán comprobantes de pago.
Reglamentación del Certificado de Trabajo Digital
Fue publicada la RG 5848 de ARCA donde se reglamenta la emisión digital y física del Certificado Laboral al que llamamos habitualmente Certificado del Art. 80, haciendo mención del articulado de la LCT que lo regula. La finalidad de esta RG es dar operatividad a la modificación que la Ley 27802 de modernización laboral incorporó en este punto, instrumentando la emisión y la puesta a disposición del trabajador en formato digital.
El certificado de trabajo se emitirá en el marco del sistema de ARCA Simplificación Registral, generando el F. 984 bajo alguno de estos dos formatos:
- Formato Digital à Es requisito suficiente para la identificación del empleador la validación que el sistema hace cuando ingresa con clave fiscal, es decir, no requiere firma digital. El trabajador tendrá acceso por medio del servicio “Trabajo en Blanco” al cual cada trabajador accede con su clave fiscal.
- Formato Físico à El formulario se emitirá por duplicado y se pondrá a disposición del trabajador en el domicilio de la empresa, previo ser firmado por el empleador o su apoderado legal.
ARCA, para confeccionar este certificado, utilizará la información obrante en las altas, bajas y modificaciones informadas por Simplificación Registral, en las liquidaciones de sueldos informadas y en las DJ de Aportes y Contribuciones con destino a la seguridad social que el empleador presenta cada mes.
Los trabajadores en relación de dependencia podrán acceder al servicio “Trabajo en Blanco” para consultar su situación y para obtener su certificado.
En el nuevo diseño on line de ARCA, encontramos un espacio destinado a «Capacitaciones» en concordancia con el texto legal, pero la RG no establece cómo determinar qué capacitaciones se deben incluir en este espacio, ni qué tipo de acreditaciones deben tener para figurar alli. Por lo cual, se entiende que por ahora queda a criterio del empleador.