Fue dado a conocer el acuerdo salarial firmado por el sector mercantil, en orden a aplicar la cláusula de revisión de la pauta salarial firmada en el año 2021. A continuación vamos a puntualizar los aspectos más relevantes del mismo:
- Aumento Acordado: 13% en dos tramos no acumulativos.
- Base de Cálculo: Sueldos Mayo 2021
- Modalidad de Liquidación: Asignación no Remunerativa, 3% en Febrero 2022 y 10% en Marzo 2022, debiendo ser incluido en el Recibo de Haberes bajo la denominación “Incremento No Remunerativo – Acuerdo Complementario Enero 2022” (puede abreviarse)
- El aumento no será considerado base de cálculo para adicionales del CCT (Antigüedad, Presentismo, Cajero) ni será contributivo, con excepción de los aportes y contribuciones con destino a OSECAC, al Sindicato y al Faecys.
- En todos los casos esta SNR será proporcional a la jornada de trabajo y a los días efectivamente trabajados en el mes.
- Queda convenido que hasta Junio 2022 podrán aplicarse suspensiones en el marco del Art. 223 bis de la LCT, con iguales términos y condiciones de los pautados en el 2020.
- Los valores acordados como SNR quedarán integrados por su valor nominal a los sueldos remunerativos de Abril 2022.
Asimismo informamos que INACAP publicó que sus valores para Febrero y Marzo 2022 son $407,63 y $435,94 respectivamente.