Compras en el exterior y de Moneda Extranjera: Novedades

Hoy, con la publicación de la RG 3819 de AFIP, tenemos importantes novedades en materia de percepciones, ya que han quedado sin efecto dos regímenes que eran regulados por las RG 3450 y 3583.

Uno de estos regímenes establecía una percepción del 20% sobre la compra de Moneda Extranjera para tenencia, mientras que el otro fijaba una percepción del 35% sobre los consumos en el exterior pagados con tarjeta de crédito, de compra o de débito. Recordemos que dichas percepciones los trabajadores debían declararlas en el F.572 web (SIRADIG) y que el empleador podía tomarlas como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias hasta el límite de lo efectivamente retenido.

A partir del día de la fecha dichos régimenes han quedado sin efecto, por lo cual en el SIRADIG de los trabajadores no se encontrarán percepciones de fechas posteriores al 17-12-2015.

La citada RG 3819 ha creado un régimen de percepciones del 5% para pagos en efectivo de servicios vinculados con turismo, viajes y transportes en el exterior que esperamos en breve sea publicado si deberá también declararse en el SIRADIG (aunque todo indica que así debería ser)

 

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