Novedades en materia de Rúbrica de Libros de Sueldos en Provincia de Bs As

Recordamos que la Resolución 210/2022 del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Bs As estableció la obligatoriedad de la utilización de la Rúbrica Digital en la Provincia de Bs As del Libro Especial Art. 52 LCT. Las etapas progresivas fueron establecidas así,

  • Empleadores con más de 500 trabajadores, desde 11/2022
  • Empleadores con más de 100 y menos de 499 trabajadores, desde 02/2023
  • Empleadores con más de 50 y menos de 99 trabajadores, desde 04/2023
  • Empleadores con menos de 50 trabajadores, desde 06/2023

En los primeros días de Abril, muchos empleadores con más de 100 trabajadores recibieron notificaciones en el DFE (Domicilio Fiscal Electrónico) de AFIP donde se les notifica la inclusión en la 2da etapa de la rúbrica digital de los Libros de Sueldos de la provincia de Bs As. Con este mecanismo, los empleadores al cumplir con el Libro de Sueldos Digital de AFIP y con la DJ del SICOSS, también estarán dando cumplimiento a lo previsto por el Art 52 de la LCT sin necesidad de hacer más trámites.

Además AFIP publicó la guía nº 38 donde se explican los pasos a seguir para que los libros de sueldos cuenten con la rúbrica digital, en tanto se trate de empleadores que sean notificados. Los puntos más importantes para tener en cuenta son los siguientes:

  • Que se incorpora el módulo rúbrica en el encabezado del servicio LSD para generar el VEP (Volante Electrónico de Pagos) que genere los créditos disponibles para rubricar sus libros,
  • Que el crédito para rubricar los libros se calculará en función de los trabajadores informados en cada libro y el valor definido por cada cápita es el definido por la Ley Tarifaria, en este caso de la Provincia de Buenos Aires.
  • Si un empleado, en el mismo período, es incluido en mas de una liquidación, esa cápita se cobrará por única vez.
  • El sistema permite visualizar los últimos movimientos y el saldo en cuenta corriente, e inclusive si el empleador pretendiera rubricar un libro con más empleados de los que cubre el saldo disponible, recibirá un aviso que le advertirá tal situación.
  • Al generar el Libro de Sueldos el servicio verificará si el empleador cuenta con saldo suficiente, en función de la cantidad de empleados en el  libro presentado, es decir, en estos casos el Libro de Sueldos Rubricado Digitalmente y la DJ SICOSS se presentarán en forma conjunta.

Es  relevante que los empleadores cuenten con los datos jurisdiccionales actualizados en el servicio Simplificación Registral.

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