Un régimen que debería ser sencillo, que debería ser administrado y gestionado por un empleador que busca ayuda para las tareas del hogar, va tornándose complejo gracias a la imprevisión y a esa terrible costumbre que AFIP se ha tomado desde hace años, consistente en resolver todo a último momento o inclusive, fuera de plazo.
Los organismos de control publican las normas e indican qué deben hacer los empleadores, quienes rápidamente recurrieron a diversas aseguradoras para contratar una ART para el personal doméstico de sus hogares y en muchos casos, cuando apenas faltaban 10 días para la entrada en vigencia del régimen todavía se encontraban con respuestas dudosas y titubeos sobre los pasos a seguir.
Luego, una vez que parecería que todos los que quisieron elegir una ART pudieron hacerlo y que además habían contratado el SVO, cuando los empleadores pensaban que tenían los papeles en orden, no sabían que faltaba otro obstáculo en la carrera por cumplir: todavía faltaba PAGAR. Llegó el día 10-11, primer vencimiento del F.102/RT y luego de recorrer ventanillas de diversas entidades bancarias y financieras, se encontraron de regreso con el formulario y el dinero, sin poder hacer el pago. Hoy, un día después y con la obligación vencida, sólo pudieron pagar quienes operan con Homebanking y generaron un VEP (Volante Electrónico de Pago) … A los demás, ¿les cobrarán intereses?¿con qué procedimiento harán reimputar en aquellos casos donde los bancos, en su afán de cobrar imputaron la ART a la OS? ¿será prudente que una persona que necesita a alguien que la asista con las tareas del hogar deba contratar también ayuda profesional de un contador para el registro y pago de este puesto? hacer el camino tan complicado ¿favorece o perjudica la regularización de las relaciones laborales los trabajadores auxiliares de casas particulares? Debería ser más simple y no una carrera de obstáculos.