Hoy 28 de Febrero, los empleadores que actúan como agentes de retención, deben emitir la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias 2013 de sus trabajadores. Con más dudas que certezas, y esperando por parte del organismo una norma aclaratoria que no se publicó, llegó el último día previsto por la RG 2437 para cumplir con dicha obligación.
El cierre anual del impuesto ha sido más complejo últimamente como consecuencia de resoluciones publicadas por AFIP que afectan principios básicos de sistema impositivo: Igualdad, Proporcionalidad y Generalidad, y más precisamente en el caso del impuesto que nos ocupa, que afectan su carácter de impuesto anual. Sin embargo, el cierre de este año implica un esfuerzo adicional como consecuencia de:
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Segmentación de deducciones con valores distintos en tres tramos del año: Enero / Febrero , Marzo / Agosto , Septiembre / Diciembre
- Segmentación del universo de trabajadores, en función de los ingresos obtenidos entre Enero y Agosto 2013, lo cual obligó a analizar cada caso en particular para arribar a una correcta conclusión sobre su correcta categorización desde Septiembre 2013
- Exención del 1° SAC, sólo para quienes tuvieran como base de cálculo un valor menor de $25.000
AFIP ha perdido una valiosa oportunidad de aclarar la situación, unificar criterios, enmendar errores que involuntariamente pudieran haberse generado y la dejó pasar. Se podrían haber aclarado puntos tales como: Los trabajadores con ingresos inferiores a $15000 han quedado beneficiados por una «cuasi» exención, pero nada se ha dicho con respecto a qué tratamiento darle a los saldos efectivamente retenidos en los primeros ocho meses del año pasado, ¿corresponde devolver?
Y con respecto al año 2014 también es necesaria una norma aclaratoria, ¿se mantienen las tablas y deducciones del 2013?¿siguen los trabajadores segmentados según sus ingresos entre Enero y Agosto 2013?¿qué criterio se aplica para retener a un nuevo trabajador, su sueldo actual o el sueldo que tuvo en su anterior empleo, entre Enero y Agosto 2013?
Resulta imperioso que todos los trabajadores en relación de dependencia sufran retenciones en base a la aplicación de valores únicos de deducciones y que dichas deducciones sean de vigencia anual, del mismo modo que resulta urgente actualizar las tablas que determinan en qué escala del impuesto queda incluido cada trabajador.
Hoy, como verán en la nota de prensa que comparto al pie, hay confusión y hubiera sido muy útil tener una norma aclaratoria de AFIP… pero terminó el 28 de Febrero y esta norma, no fue publicada.