Credenciales de Obras Sociales y Prepagas

La Superintendencia de Servicios de Salud dispuso en la Resolución 1463/2025 que las Obras Sociales y entidades de medicina prepaga deberán otorgar al afiliado que así lo solicite una credencial física que acredite su condición de tal.

Con el fin de incluir a quienes puedan tener inconvenientes para el uso de la telefonía móvil o para contar con conectividad, y sin desconocer los beneficios del uso de los dispositivos móviles, la SSS publica esta normativa que entrará en vigencia en 30 días corridos a partir de su publicación.

La normativa expone que los afiliados deberán tener derecho a elegir una credencial física, sin costo alguno y que la misma coexistirá con las credenciales digitales ya existentes. La finalidad no es limitar el uso de la digitalización, sino que la misma no se convierta en una barrera para el acceso a las prestaciones de salud.

Se espera que en el plazo de los 30 días corridos restantes para su entrada en vigencia los agentes de salud implementen mecanismos para que sus usuarios soliciten y reciban las credenciales físicas.