Los representantes del sector sabían que el acuerdo salarial vigente finalizaba en Agosto 2024 y que por lo tanto los haberes de Septiembre 2024 se liquidarían con igual valor bruto, es más, con menor valor neto por las conversiones de las SNR al básico. Aún así, se tomaron todos los días del mes de Septiembre para publicar el nuevo acuerdo salarial, que por supuesto, no llega a impactar en los Recibos de Haberes del mes ni en los pagos a los trabajadores.
El acuerdo, aún no homologado, se firmó ayer 01/10 y sus principales puntos son :
- Incremento salarial del 8%, que se abonará como Suma No Remunerativa en 2 tramos: 4.25% a partir de Septiembre 2024 y 3.75% a partir de Octubre 2024.
- La base de cálculo del aumento es el sueldo conformado Agosto 2024
- Se liquidarán estos aumentos bajo la denominación “Incremento No Remunerativo – Acuerdo Septiembre 2024” y se tomarán en cuenta para calcular los adicionales por Presentismo (Art.40 CCT) y Antigüedad (Art.24 CCT), así como también para calcular SAC e indemnizaciones en caso de corresponder.
- Aún cuando se establece que se trata de Sumas No Remunerativas, serán consideradas base para determinar el total a depositar en concepto de SEC, Faecys, INACAP y OSECAC.
- En el caso de trabajadores que presten servicios en tiempo parcial o que no trabajen el mes completo, percibirán estos aumentos en forma proporcional a la jornada cumplida y a los días trabajados.
- Estos incrementos van a mantener su condición de sumas no remunerativas, incorporándose al Básico por su valor nominal de la siguiente forma: en Junio 2025 se incorpora el incremento de Septiembre 2024 y en Julio 2025 se incorpora el incremento de Octubre 2024.
- Se pueden compensar los aumentos otorgados por los empleadores en forma unilateral y voluntaria a partir del 01/06/2024 cualquiera sea su denominación.
- Se mantiene el Aporte equivalente a $100.- a cargo de los trabajadores con destino a OSECAC y se eleva a $4000.- la contribución extraordinaria a cargo de los empleadores por cada colaborador incluido en el CCT 130/75.
- Se prevé que las partes se reunirán nuevamente en Noviembre 2024 y asumen el compromiso de acordar escalas con aumentos no remunerativos y no acumulativos.